Derecho Laboral
Despidos, Liquidación Final, Reclamos laborales e Indemnizaciones.
Derecho Laboral
El despido debe comunicarse mediante telegrama o carta documento. Si concurriste a trabajar y te informaron verbalmente que te va a llegar la comunicación de despido, o bien, se te impidió tomar tu puesto de trabajo, deberás concurrir a la Comisaría más cercana y dejar constancia de tal circunstancia. Posteriormente no dejes de contactarte con nosotros para brindarte un asesoramiento integro de cómo proceder en tú caso.
El despido puede ser con invocación de una causa o sin causa. Puede suceder que se ofrezca abonar la indemnización en forma íntegra o de manera parcial. En ambos casos, tanto empleador como trabajador, no deben dejar de consultar a un profesional para conocer ampliamente cuales son los rubros que se deben abonar y qué recaudos formales se deben cumplir cuando nos encontramos ante la extinción de un contrato de trabajo.