Sucesiones

Declaratoria de herederos

La declaratoria de herederos es una resolución judicial que declara que determinadas personas son herederos universales del fallecido. Es necesario obtener esta declaratoria para poder disponer de cualquier bien registrable del causante (propiedades inmuebles o vehículos).

 Se inicia judicialmente, ante el juez del último domicilio del fallecido. No es necesario que la requieran todos los herederos, puede iniciarse por uno solo que solicita el reconocimiento de todos los herederos y acompaña la documentación que acredita el vínculo de parentesco que unía al heredero con el causante y el fallecimiento (acta de matrimonio, partidas de nacimiento, acta de defunción). En caso de herederos testamentarios se debe acompañar el testamento.

Pueden iniciarla el cónyuge, los herederos y legatarios  y los acreedores de los herederos o de la sucesión (para cobrarse sus deudas), o todos los que tengan en la sucesión algún derecho declarado por las leyes.

Denuncia de bienes

Obtenida la declaratoria de herederos se deben denunciar los bienes del causante, en este caso si es necesario que la denuncia cuente con la conformidad de todos los herederos declarados. Además debe acompañarse la documentación que acredite la titularidad de los bienes (escrituras, títulos automotores) y reponer un sellado de API que se relaciona con el valor fiscal de los bienes en caso de inmuebles y real en caso de automotores.

Realizada la denuncia de bienes puede inscribirse la declaratoria de herederos en los bienes inmuebles y realizarse la venta o disposición por escribano (tracto abreviado) o proceder a la partición judicial. En caso de los automóviles es necesario inscribir la declaratoria en el registro para luego disponer de ellos y el costo es el mismo que el de una transferencia.

Partición de herencia

En caso de que los bienes se dividan entre los herederos se procederá a la partición de herencia. Esta partición puede hacerse por acuerdo entre herederos que se presentará conjuntamente en el expediente o judicialmente nombrando un perito tasador y partidor. Esta última opción incrementa los costos de la sucesión.

Negociación de convenios

Los integrantes de nuestro estudio cuentan con amplia experiencia en la negociación de acuerdos de partición de sucesiones conflictivas en las que por distintas razones los herederos no logran ponerse de acuerdo en relación al modo de división de los bienes. El acuerdo resulta beneficioso para todos los herederos porque supone la reducción de los costos de la sucesión, suprimiendo las funciones de perito tasador y partidor y sus consecuentes honorarios.

Inscripción

La inscripción es la última etapa de la sucesión y supone la registración de los bienes del sucesorio a nombre de los herederos a quienes hayan sido adjudicados. Implica la realización de un legajo específico que deberá ser suscripto por el juez y luego diligenciado en las distintas reparticiones (registro de la propiedad inmobiliaria o automotor). Concluye con el informe de dominio que acredita que los bienes se encuentran a nombre del heredero.

Conocé tus derechos.

WhatsApp chat